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Confirmaron la condena contra una empresa de electrodomésticos por no aceptar una devolución
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó una sentencia que ordenó a una empresa de venta de electrodomésticos a devolver el dinero de una compra cancelada por un consumidor que había ejercido su “derecho de arrepentimiento” a través de una plataforma digital. Aunque su reclamo fue admitido parcialmente en primera instancia, el comprador apeló en busca de una reparación más amplia. El tribunal de Alzada rechazó todos sus planteos: entre ellos, el pedido de actualización del precio, la aplicación de intereses compuestos, una sanción por “temeridad” procesal, un resarcimiento adicional por daño moral, la incorporación del rubro “proyecto de vida” y la imposición de una multa por daño punitivo.
El fallo fue dictado por la Sala B de la Cámara Comercial porteña, integrada por las juezas Guadalupe Vásquez y Matilde Ballerini, ante la vacancia de la Vocalía Nº 6.
El caso se originó a partir de la acción judicial iniciada por un usuario que había adquirido un lavavajillas de última generación fabricado por una empresa norteamericana por medio del sitio web de una cadena especializada en artículos para el hogar. Según relató en su demanda, intentó desistir de la operación dentro del plazo legal previsto, pero la firma se negó a aceptar la devolución.
En primera instancia, el Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 29 le dio parcialmente la razón al demandante y condenó a la compañía a pagar “la suma de $470.512 con más sus intereses y costas”.
El magistrado consideró acreditado que el comprador ejerció en tiempo y forma su derecho de arrepentimiento y que la negativa a recibir el artefacto constituyó un incumplimiento contractual. Además, desestimó la cláusula invocada por la parte demandada para excluir ciertos bienes del régimen de devoluciones, al señalar que “la ley 24.240 -Ley de Defensa del Consumidor (LDC), sancionada en 1993- únicamente contempla ese supuesto para compraventa de bienes perecederos recibidos por el consumidor y abonados al contado», en virtud del artículo 32 de esa norma.
Disconforme con el alcance de la sentencia, el reclamante presentó un recurso de apelación donde, entre otros puntos, pidió que el reintegro ordenado tuviera en cuenta el valor actual del electrodoméstico, argumentando que el importe reconocido representaba sólo “el 25% del mismo”. No obstante, la Alzada descartó el planteo por razones formales, tras indicar que “no fue oportunamente sometido a consideración del Sr. Juez a quo”, lo que impedía su revisión en esta etapa del proceso.
El hombre también reclamó la capitalización mensual de intereses, en virtud del artículo 770 del Código Civil y Comercial. En ese marco, la Cámara observó que esa petición no fue incluida en la demanda original y sostuvo que ese hecho “resulta un óbice a los efectos de que esta Sala emita un pronunciamiento al respecto”, en tanto afectaría el principio de congruencia.
Por otro lado, el apelante cuestionó que la empresa hubiera incorporado como prueba una carta documento sin valor legal, identificada como un simple borrador. Según señaló, el escrito presentaba la leyenda “IMPRESIÓN DE PRUEBA – SIN VALOR LEGAL” atravesando el cuerpo del texto y carecía de firma alguna. Aún así, expresó, fue ofrecido como pieza documental por la firma demandada. Para el actor, ese elemento resultó ser uno de los pilares de la defensa y debía ser interpretado en los términos del artículo 45 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que contempla la aplicación de multas cuando se verifica que una parte incurre en “temeridad o malicia”.
El órgano de segunda instancia recordó que estas figuras están reservadas para supuestos en los que se demuestra “la mala fe de quien las realiza”. En ese sentido, explicó que la temeridad “denota la conducta de quien deduce pretensiones o defensas cuya falta de fundamento no puede ignorar”, y que “la malicia es la conducta procesal manifestada mediante la formulación de peticiones exclusivamente destinadas a obstruir el normal desenvolvimiento del proceso”. En este caso, concluyó que “las conductas reprochadas” no alcanzaban a configurar los supuestos que exige la ley procesal “para la aplicación de sanciones”.
Respecto del daño moral, el demandante aseguró que la suma fijada en primera instancia-$108.000– era insuficiente, ya que equivalía a $145,16 “por cada día de padecimiento” durante los 744 días transcurridos entre su reclamo y la resolución judicial.
La Sala B reconoció que el episodio se excedía de “una mera molestia o incomodidad” y que era posible afirmar que “se ocasionó una considerable afectación de sus intereses extrapatrimoniales y ello lo sumió en un estado que afectó desfavorablemente su estabilidad emocional y justifica su reparación”. Sin embargo, evaluó que el monto dispuesto en el fallo anterior era “ajustado” a las características de la causa y a “lo otorgado en casos análogos”.
El actor, a su vez, exigió el reconocimiento de un rubro ligado a la «interferencia en su proyecto de vida“. En ese plano aseveró que ”toda la situación vivida le generó un entorpecimiento en su vida” y que “desde la fecha de compra y hasta el día de hoy” tenía en su domicilio “un lavavajillas que no quiere y que no usa”.
También ponderó que el electrodoméstico en cuestión era “de gran tamaño”, que no resultaba “de fácil guardado en un departamento” y que actualmente se encontraba “ocupando lugar en mi cocina”, algo que le impedía colocar otro bien “de su agrado”.
El tribunal examinó estos planteos a la luz del artículo 1738 del Código Civil y Comercial, que dispone que la indemnización por daño debe comprender también “las consecuencias de la violación de los derechos personalísimos de la víctima […] y las que resultan de la interferencia en su proyecto de vida”.
Bajo esos términos, la sentencia de la Cámara porteña subrayó que no se había llegado a demostrar “qué afecciones padeció, o qué niveles de angustia o desconsuelo pudo haber sufrido” por mantener el artefacto en su vivienda sin ser retirado por la empresa. Además, agregó que “las afecciones que expuso el actor haber padecido fueron debidamente contempladas al tiempo de otorgar y cuantificar el rubro ‘daño moral’”.
El último de los agravios cuestionó la negativa de aplicar una multa por daño punitivo. Según planteó en su escrito el apelante, el incumplimiento contractual debía ser castigado con ese tipo de sanción. Pero las magistradas de la Sala B, al resolver en sintonía, recordaron que esa figura “sólo procede en supuestos de particular gravedad, calificados por el dolo o la culpa grave del sancionado o por la obtención de enriquecimientos indebidos derivados del ilícito” y que “puede haber incumplimiento sin daño punitivo, situación que se dará en la mayoría de los casos”.
Aclararon, en tanto, que esa medida se tomaba “en casos excepcionales” con el propósito de lograr “fines disuasivos” y perseguir “la punición o castigo de determinadas inconductas caracterizadas por un elemento axiológico o valorativo agravado”.
“En el caso -concluyeron las juezas Ballerini y Vásquez-, luce claro que existió un objetivo incumplimiento por parte de la demandada, mas ello no permite, per se, extraer como conclusión que su conducta encuadre en un deliberado y desaprensivo proceder que, en los términos que calificó la doctrina especializada, pueda justificar la imposición de la multa pretendida“.
Con todo, la Alzada resolvió rechazar el recurso interpuesto y confirmar la sentencia de grado con el pago de costas “al vencido”.
Fuente: Infobae
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Un estudiante argentino creó un dispositivo con IA para personas ciegas y ganó en Harvard
Martín Pulitano, de 20 años, desarrolló FEEL junto a un equipo internacional. El prototipo combina sensores e inteligencia artificial para detectar obstáculos
Martín Pulitano, un estudiante argentino de 20 años, obtuvo el primer premio general de HackHarvard 2026 con FEEL, un dispositivo que combina sensores, inteligencia artificial y estímulos táctiles para ayudar a las personas ciegas a reconocer obstáculos durante sus desplazamientos.
El proyecto también recibió otras dos distinciones en la competencia universitaria realizada en Estados Unidos.
El joven cursa el tercer año de Ingeniería Informática en la Universidad del CEMA (UCEMA) y desarrolló la tecnología junto a otros tres estudiantes durante un hackatón de 36 horas.
La propuesta busca ampliar la información que reciben las personas con discapacidad visual sobre su entorno y facilitar sus movimientos cotidianos.
Cómo funciona FEEL, el dispositivo creado con inteligencia artificial
FEEL utiliza sensores capaces de detectar objetos a una distancia de hasta cinco metros, según la descripción del proyecto. Cuando identifica un obstáculo, un mecanismo de pequeños pines ejerce presión sobre distintas zonas de la mano para indicar su ubicación.
El sistema transforma así la información del entorno en señales táctiles, con el objetivo de que el usuario pueda reconocer la presencia y la posición de objetos sin depender exclusivamente de indicaciones sonoras.
El dispositivo también incorpora inteligencia artificial y reconocimiento de imágenes. A través de una aplicación, permite configurar preferencias y contempla funciones de orientación para facilitar recorridos habituales.
El equipo proyecta ampliar el campo de visión del sistema de 180 a 360 grados y sumar nuevas capacidades, como el reconocimiento de personas conocidas. Estas funciones forman parte de los objetivos de desarrollo.
El costo del prototipo fue de USD 70
Uno de los aspectos del desarrollo es su costo inicial. El equipo destinó alrededor de USD 70 a los componentes utilizados para construir el prototipo durante la competencia.
Para fabricar la estructura recurrieron a la impresión 3D y combinaron piezas electrónicas, sensores, motores y programación. El resultado fue un dispositivo físico que integra hardware y software, en lugar de limitarse a una aplicación digital.
La propuesta apunta a explorar alternativas tecnológicas para mejorar la autonomía de las personas ciegas. Sin embargo, el costo de los materiales empleados durante el hackatón no equivale al precio final de un eventual producto comercial, que también dependería de su fabricación, mantenimiento y adaptación a las necesidades de los usuarios.
Tres premios en una competencia internacional
FEEL participó en HackHarvard 2026, un encuentro de desarrollo tecnológico que se realizó del 16 al 18 de octubre en Cambridge, Massachusetts. La organización informó que el evento reunió a más de 500 estudiantes de distintas universidades y países.
El equipo obtuvo el primer puesto general y otros dos reconocimientos, entre ellos el premio de la categoría Hardware for Good, destinada a proyectos que utilizan componentes físicos para resolver problemas concretos.
La competencia propone que los participantes desarrollen soluciones en un período intensivo de trabajo. En ese contexto, Pulitano y sus compañeros construyeron FEEL durante las 36 horas del certamen.
El proyecto todavía tiene etapas por delante antes de convertirse en una herramienta de uso cotidiano. Entre los próximos desafíos se encuentran mejorar su diseño, evaluar la precisión de las señales táctiles y probar el dispositivo con personas ciegas para determinar qué ajustes necesita.
Fuente: Baenegocios
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Chaco tendrá su primer centro de alta complejidad especializado en cardiología
El nuevo servicio funcionará en el Hospital Perrando de Resistencia y articulará la atención con el Hospital Pediátrico “Dr. Avelino Castelán”. Permitirá realizar estudios y procedimientos especializados, optimizar los tiempos de respuesta y ampliar el acceso a tratamientos de alta complejidad.
El Gobierno del Chaco, a través del Ministerio de Salud, anunció la habilitación del primer servicio de Angiología e Intervencionismo Percutáneo de la provincia, una iniciativa destinada a fortalecer la atención de alta complejidad en el sistema público. El centro neurálgico estará ubicado en el Hospital “Dr. Julio C. Perrando” de Resistencia y trabajará de manera articulada con el Hospital Pediátrico “Dr. Avelino Castelán”, lo que permitirá centralizar la atención especializada y facilitar el acceso de pacientes adultos y pediátricos a procedimientos que requieren tecnología avanzada.
La incorporación de este servicio apunta a optimizar los tiempos de respuesta, reducir las demoras en el acceso a turnos y brindar nuevas alternativas de diagnóstico y tratamiento para pacientes con cuadros complejos.
MÁS CAPACIDAD DE DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO
El nuevo espacio permitirá fortalecer el tercer nivel de atención sanitaria, vinculando los estudios diagnósticos con la posibilidad de realizar tratamientos específicos. De esta manera, se busca que los procedimientos no se limiten a detectar una patología, sino que permitan avanzar hacia una intervención oportuna según las necesidades de cada paciente.
El abordaje incluirá estudios especializados y procedimientos combinados con intervenciones quirúrgicas cuando corresponda, con el objetivo de utilizar técnicas menos invasivas, reducir los riesgos asociados y minimizar las posibles complicaciones.
La puesta en marcha del servicio responde a la necesidad de ampliar la capacidad de respuesta del sistema sanitario provincial mediante la incorporación de equipamiento médico avanzado y la participación de profesionales capacitados en este tipo de intervenciones.
MÁS ACCESO A LA SALUD
La habilitación del servicio representa una ampliación de la capacidad de atención especializada en los hospitales públicos del Chaco y busca favorecer el acceso oportuno a diagnósticos y tratamientos de alta complejidad.
Con la articulación entre los hospitales Perrando y Pediátrico, la provincia apunta a fortalecer la atención de pacientes adultos y niños, optimizar los recursos disponibles y ampliar las alternativas terapéuticas dentro del sistema público.
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Amor en acción frente a la crecida: Iglesia Portal del Cielo asiste a familias aisladas en Puerto Vilelas
Mediante la preparación de más de 250 porciones de comida, un ropero solidario y un profundo acompañamiento pastoral, voluntarios de la Iglesia Portal del Cielo recorrieron los barrios Plomo, Lucerito y zonas aledañas para llevar asistencia y esperanza a las familias afectadas por las inundaciones.



En Puerto Vilelas, frente a la compleja situación climática que castiga a la región, la labor humanitaria de la Iglesia Portal del Cielo se transforma en un faro de empatía y amor al prójimo. Integrantes del equipo pastoral llevaron adelante un intenso operativo solidario en las comunidades de Puerto Vilela, llegando a pie, en bote y superando caminos difíciles para asistir a quienes permanecen en zonas de riesgo.
Durante la jornada, los voluntarios distribuyeron tres ollas de 200 litros populares de gran caudal con guisos de arroz con pollo y fideos, además de postres, tortas fritas y pan para asegurar el sustento diario de numerosas familias. Asimismo, se desplegó un ropero solidario con prendas de vestir y calzado, y se rescató a animales atrapados en el agua, asistiendo también a los vecinos en el rescate de electrodomésticos.
Sin embargo, más allá de la ayuda material, el operativo dejó una marca profundamente emotiva en el corazón de los vecinos. «Lo más glorioso es que pudimos hablar con cada persona, orar por ellos y llevar la palabra», destacó Carolina Acevedo, referente del equipo pastoral. Testimonios posteriores reflejaron el impacto de la visita: los vecinos comentaban entre ellos que, tras la partida de los voluntarios, había quedado en el ambiente una sensación de paz inexplicable y distinta; esto es importante demostrar el amor de Dios en este tiempo difícil para muchas personas.


