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Una celebración de cumpleaños frustrada por la pandemia terminó en tribunales: qué resolvió la Justicia

Una sentencia reciente en Zárate, provincia de Buenos Aires, ordena la devolución de los fondos abonados y una indemnización por daños no patrimoniales a una mujer que había contratado un salón de eventos para celebrar el primer cumpleaños y bautismo de su hijo en abril de 2020. La decisión judicial reconoce el derecho de la demandante a recibir más de un millón de pesos actualizados, luego de una disputa derivada de la suspensión obligada por la pandemia de COVID-19.

La causa comenzó con la presentación de una madre que había pagado $105.000 para reservar las instalaciones, la musicalización y el living exterior del predio. El contrato se firmó en febrero de 2020 y el evento se programó con anticipación para mediados de abril, antes de decretarse el aislamiento social preventivo y obligatorio. El servicio de catering y barra debía contratarse de manera independiente, aspecto informado a la clienta desde un inicio.

El expediente, ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 2 de Zárate, describe cómo la celebrante acordó y abonó el servicio principal en dos pagos: primero un anticipo y luego el saldo, días antes de que la emergencia sanitaria impidiera la realización de todo tipo de reuniones sociales.

La pandemia alteró los planes previstos y desató una serie de comunicaciones posteriores entre las partes. En marzo de 2020, la clienta expresó su inquietud por el contexto sanitario y desde el salón le ofrecieron posponer la contratación del catering, indicando que las condiciones para cambiar la fecha serían flexibles y que la situación se mantendría bajo seguimiento.

Las medidas de restricción impidieron la celebración. Luego de varios meses, en noviembre de 2020, desde la organización del evento se contactó a la actora para consultar si deseaba retomar el festejo. La respuesta no fue inmediata y la fecha original del cumpleaños había quedado atrás. Recién un año después, en noviembre de 2021, la contratante escribió para preguntar si la locación podía guardarse para realizar la fiesta en marzo de 2022.

El expediente expone que la dueña del lugar actualizó el presupuesto conforme a los valores vigentes, llegando a ofrecer un monto promocional que superaba ampliamente el abono original y proponía tomar el importe ya pagado como parte de pago. Además, el servicio de catering, con nuevas condiciones, exigía un mínimo de asistentes que duplicaba lo inicialmente pactado, junto con un recargo por persona.

Ante la imposibilidad de afrontar la cifra exigida para reprogramar el evento, la madre solicitó la devolución del dinero abonado, a lo que la responsable del lugar respondió que no podía reembolsarlo, aunque aceptaba que el monto previo se considerara como parte del pago para una eventual fiesta futura.

La demandante inició un reclamo administrativo y judicial para obtener el reembolso, primero ante organismos de consumo y luego mediante una demanda formal. La demandada argumentó que la cláusula de fuerza mayor del contrato limitaba su responsabilidad a la devolución estricta de lo abonado y afirmó haber actuado “de buena fe”, al señalar que ofreció alternativas para que el evento se concretara o para restituir el dinero.

El juzgado evaluó el conflicto bajo la premisa de que ambas partes reconocían la existencia del contrato, el pago realizado y la suspensión del festejo por una causa ajena a su voluntad. No hubo controversia en cuanto a que el cliente pagó los $105.000 y que esa suma no fue devuelta.

El juez descartó la prescripción, aplicando una interpretación que considera válidas para interrumpir plazos tanto las gestiones en sede administrativa como los reclamos iniciados ante otros fueros, aunque luego fueran declarados incompetentes.

La sentencia desmontó las denuncias sobre la supuesta negativa a devolver el dinero y sobre una modificación unilateral de las condiciones contractuales, por considerar que no se presentó prueba suficiente para acreditar esas acusaciones.

Los detalles del fallo

No obstante, el magistrado observó que correspondía la devolución de lo abonado, en línea con la cláusula contractual sobre fuerza mayor, fijando la actualización e intereses según criterios recientes dictados por la Suprema Corte bonaerense. El fallo dispuso que la actualización se realice desde el 18 de mayo de 2020, tomando valores actuales y empleando el índice RIPTE para preservar la equivalencia del monto a percibir.

Dentro de los daños no patrimoniales, el fallo reconoció la existencia de una lesión a la tranquilidad y al ánimo de la demandante por las reiteradas gestiones necesarias para recuperar su dinero. La sentencia citó normativa y jurisprudencia sobre la compensación de las consecuencias no patrimoniales, distinguiendo este rubro del daño moral tradicional. La cifra fijada para este concepto fue de un millón de pesos a valores actuales.

En otro tramo, la sentencia rechazó el pedido de daño punitivo, indicando que la conducta de la demandada no encuadraba en los supuestos de dolo o culpa grave previstos por la Ley de Defensa del Consumidor. El juez también desestimó una indemnización extra solicitada por “trato indigno” y “mala fe”, al concluir que sí existieron intentos de parte de la organización del evento para recomponer la situación o devolver el dinero.

El fallo explica en detalle la forma de actualizar los montos, diferenciando entre lo abonado originalmente y la suma dispuesta por consecuencias no patrimoniales. El monto a devolver y la indemnización se actualizarán con el índice RIPTE y sumarán intereses del 6% anual hasta el pago efectivo, según lo resuelto por la Suprema Corte de Buenos Aires en fallos recientes.

Las costas (gastos) del proceso fueron asignadas a la demandada, conforme al principio objetivo de la derrota. El tribunal pospuso la regulación de honorarios profesionales hasta que la sentencia quede firme.

En suma, la resolución reconoce expresamente el derecho de la demandante a recibir un total de 1.105.000 pesos, más actualización e intereses, y establece criterios claros para la preservación del valor del crédito en casos de demora en el pago, atendiendo a la fluctuación inflacionaria que afecta los juicios civiles en Argentina.

Fuente: Infobae

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El Gobierno profundiza los controles migratorios en todo el país para detectar extranjeros en situación irregular

El Gobierno profundiza los operativos para detectar extranjeros en situación irregular y avanza con cambios internos, legales y tecnológicos en la Dirección Nacional de Migraciones. El esquema combina controles territoriales con las fuerzas federales y nuevas herramientas para centralizar información y generar alertas.

Migraciones define las zonas de los operativos mediante tareas de campo y análisis sobre lugares de mayor concentración o tránsito de extranjeros. Los despliegues pueden ser planificados o activarse a partir de un requerimiento y se coordinan con la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura o la Policía de Seguridad Aeroportuaria. En Nación aseguran que los operativos federales no requieren un aviso previo a los gobiernos provinciales.

Uno de los últimos procedimientos de mayor despliegue se realizó en Rosario, donde Migraciones y la Policía Federal movilizaron cerca de 60 agentes y controlaron a unas 420 personas. Fuentes oficiales aseguran que se detectaron ocho extranjeros con irregularidades migratorias y que entre ellos se identificó a un ciudadano chino sobre el que pesaba una orden de expulsión. El gobierno de Santa Fe no había sido informado previamente.

La respuesta posterior depende del tipo de irregularidad detectada. Si una persona tiene vencida su permanencia o debe completar un trámite de residencia, Migraciones puede intimarla a regularizar su situación. Si se comprueba un ingreso ilegal, puede avanzar el procedimiento migratorio que derive en una expulsión. Ante causas judiciales pendientes intervienen las fuerzas correspondientes, y cuando existe un requerimiento internacional se activa el circuito judicial.

Ese esquema tiene ahora un marco legal más amplio que el que regía antes de 2025. El DNU 366/2025 facultó expresamente a Migraciones a requerir la acreditación de identidad y situación migratoria y a organizar operativos de inspección y fiscalización. También estableció que quien ingrese por un paso no habilitado o eludiendo el control migratorio puede quedar sujeto a expulsión y habilitó el rechazo en frontera cuando el ingreso irregular sea detectado en el momento.

La ampliación territorial se reforzó en junio con la creación del Programa de Seguridad Migratoria. La Resolución 551/2026 dispuso que Migraciones trabaje coordinadamente con PFA, Gendarmería, Prefectura y PSA y ordenó crear en cada una de esas fuerzas Unidades de Seguridad Migratoria para tareas de prevención, detección e investigación de ilícitos migratorios.

Los procedimientos ya tienen antecedentes en distintos puntos del país. En abril, por ejemplo, la PFA, Migraciones y Gendarmería controlaron 423 personas en Aguaray, Salta, y detectaron a 15 extranjeros en situación irregular; el operativo continuó luego en Tartagal. En julio, Gendarmería detectó además en Misiones a cinco ciudadanos chinos sin registro de ingreso legal y Migraciones dispuso su salida hacia Brasil.

Otro frente es la reorganización tecnológica y administrativa de Migraciones. En julio, Migraciones abrió una contratación por 36 meses para gestionar información de pasajeros que ingresan o salen del país a través de aeropuertos internacionales y terminales de cruceros. Ese sistema se complementa con la plataforma central de control migratorio, que ya cruza movimientos con información de Interpol y datos anticipados suministrados por las compañías de transporte.

El Gobierno también creó este año el Centro de Análisis de Información Migratoria y Fronteriza (CAIMF), que integra a Migraciones, las cuatro fuerzas federales y la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal. El protocolo dispone cruces automatizados y permite producir nuevas alertas a partir del análisis de riesgo y exige identificar su origen y grado de confiabilidad.

En ese contexto, Migraciones obligó además en julio a todo su personal a firmar un nuevo compromiso de confidencialidad y uso de la información. La disposición alcanza datos personales, movimientos migratorios, antecedentes, medidas judiciales y actuaciones administrativas, y establece que las consultas realizadas en los sistemas pueden quedar registradas y auditadas.

El endurecimiento operativo se combina con una nueva modificación legal. El DNU 681/2026 incorporó como causal para impedir el ingreso y cancelar una residencia que un extranjero haya dirigido mensajes de odio o incitado a la violencia contra argentinos por su nacionalidad, o participado en ultrajes contra símbolos patrios. Para quienes ya tienen residencia, la cancelación puede terminar en una intimación a abandonar el país o en una expulsión, de acuerdo con las circunstancias del caso.

La Casa Rosada quiere incorporar esa causal al sistema de alertas migratorias, sin crear una plataforma tecnológica independiente. La intención es que el antecedente quede asociado a la persona y pueda aparecer en los sistemas consultados por los inspectores cuando intenta ingresar al país. Todavía resta definir un protocolo sensible: quién genera la alerta, con qué evidencia se carga y qué instancia la valida, especialmente ante la posibilidad de planteos judiciales.

En el Ejecutivo consideran que la agenda migratoria tiene una recepción política diferente a la discusión que se produjo alrededor de la Ley de Tierras. Mientras en Balcarce 50 admitieron que la flexibilización sobre extranjerización generó un costo y terminó convirtiéndose en una disputa difícil de sostener, interpretan que una política de mayor control migratorio responde a una demanda que ya existe dentro de la base electoral libertaria y prevén profundizarla.

Fuente: TN

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El Senado aprobó el Régimen Penal Juvenil y la edad de imputabilidad bajará a 14 años

El Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto impulsado por el Ministerio de Seguridad durante la gestión de Patricia Bullrich, quien celebró la sanción como un logro propio. El eje principal de la norma es la baja de la edad punible para el sistema penal argentino.

Con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención, la ley que ya había sido aprobada por Diputados ahora aguarda la reglamentación y publicación en el Boletín Oficial.

“El Estado no va a seguir mirando para otro lado. ¿Quieren que los ciudadanos que no cometen delitos sean de segunda? No importa la edad de los delincuentes, importa el delito”, comenzó Patricia Bullrich.

Y agregó: “Este modelo se agotó, nosotros venimos a plantear algo moral y jurídicamente distinto, una teoría que deja de poner en la indefensión total a las familias que enterraban a sus hijos. Cuando el delito no tiene consecuencias, la ley pierde autoridad, y eso es lo que pasaba antes”.

“Vinimos a poner orden y no nos da vergüenza. Si las hizo, las paga, por eso ordenamos las calles y hacemos cumplir la ley. Proteger a los adolescentes, reparar a las víctimas. Queremos una sociedad con menos delincuentes y menos presos. Hoy votamos justicia, responsabilidad, hoy votamos contra los kirchneristas de batallón militante. Estamos cambiando la historia de la Argentina”, cerró la senadora.

Luego pidió un minuto de silencio por las víctimas e hizo parar a todo el bloque. El peronismo observó y Villarruel aclaró que ella no podía definir eso. Finalmente, todos se pusieron de pie y se hizo silencio.

El peronismo se opuso desde el inicio y, además de advertir que la ley se concentra en lo punitivo y no en la protección de las infancias, remarcó que los fondos presupuestados resultan insuficientes.

Según la norma, el presupuesto para un sistema que reduce la edad de 16 a 14 años destina $23.700 millones a las provincias.

Datos del Servicio Penitenciario Federal indican que el costo del metro cuadrado es de 3,2 millones de pesos. Con el presupuesto previsto se podrían construir 7.400 metros cuadrados. Dividido por los 24 distritos, cada provincia recibiría 308 metros cuadrados.

Frente a esos números, Jorge Capitanich del PJ señaló: “Si no contamos con el presupuesto necesario, estas quedan en letra muerta y constituyen una frustración colectiva”.

La respuesta llegó desde el bloque libertario, algunos con mayor énfasis, como Luis Juez, quien acusó al peronismo de “mentiroso. Solo con una fuerte cuota de ignorancia se puede opinar como opinan”.

“Si la discusión es la plata, que la pongan las provincias. Se la gastan en cualquier cosa, en publicidad. A pocos metros de acá hay familiares que vienen a buscar justicia, no venganza”, agregó el cordobés que ahora integra LLA.

Parte de la postura peronista se reflejó en la intervención de la senadora Lucía Corpacci. El bloque estaba molesto porque había acordado con los libertarios no habilitar la presencia de familiares en las gradas. Sin embargo, el oficialismo permitió el ingreso de varios que se ubicaron en los palcos del primer piso.

“Somos legisladores, no estamos para responder el enojo, estamos para dictar leyes que hagan la vida mejor y construyan una sociedad mejor. Debemos actuar con racionalidad y humanidad. Esta ley no es la solución de nada”, sostuvo Corpacci.

Gerardo Zamora, de Santiago del Estero, recorrió diferentes artículos para argumentar la inconstitucionalidad de la norma. El ex gobernador advirtió que el proyecto generará “litigiosidad”. “En defensa del federalismo, mi voto y el de mi bloque es negativo”.

El cierre del kirchnerismo estuvo a cargo del senador Martín Soria, quien señaló: “A pesar de las correcciones, este proyecto de Régimen Penal Juvenil sigue siendo muy malo, contiene errores graves y peligrosos. No va a solucionar lo que ustedes creen que van a solucionar. Esta ley es peor que el decreto de Videla porque viola el principio de culpabilidad disminuida”.

Qué dice el proyecto

La ley crea un sistema penal juvenil especializado para adolescentes de 14 a 18 años, con el objetivo de garantizar procesos judiciales adecuados a la edad. El texto establece la presunción favorable a la minoría de edad y que los menores de 18 años no compartan ámbitos judiciales ni penitenciarios con adultos.

El régimen introduce principios como legalidad, proporcionalidad y excepcionalidad de la privación de libertad, y prioriza la resocialización de los jóvenes. El sistema prevé que los adolescentes cuenten con garantías judiciales desde el inicio y que las causas se tramiten en órganos y centros especializados. Se contempla la rápida intervención judicial y el derecho de los adolescentes a ser escuchados y que su familia participe activamente en el proceso.

El capítulo dedicado a las víctimas otorga un rol central a quienes resulten damnificados por delitos juveniles. El proyecto garantiza asistencia jurídica y psicológica inmediata, la posibilidad de intervenir en audiencias y oponerse a decisiones del Ministerio Público Fiscal, y la participación en instancias restaurativas como la mediación penal juvenil.

El sistema de sanciones prevé un esquema progresivo y diversificado, que incluye medidas educativas, tareas comunitarias, monitoreo electrónico y reparación del daño, además de restricciones de circulación. La privación de libertad solo se aplicará en delitos graves, con límites estrictos de tiempo y separación permanente de los jóvenes respecto de los adultos.

En la etapa de ejecución de sanciones, el proyecto incorpora la figura del supervisor judicial especializado, responsable de acompañar y monitorear el proceso de reinserción. La libertad condicional solo podrá otorgarse con aval del Ministerio Público Fiscal y bajo condiciones precisas. También se incluyen respuestas específicas para problemáticas de salud mental y consumo problemático, con intervención de equipos interdisciplinarios.

La propuesta detalla estándares de alojamiento que prohíben la convivencia de adolescentes con adultos y garantizan acceso a educación, cultura, recreación y atención espiritual. Se prevé diferenciación por edad y situación procesal dentro de los centros, así como capacitación del personal a cargo.

En los casos de menores inimputables, el texto dispone intervención judicial para investigar el hecho y aplicar medidas curativas o protectoras, siempre bajo la órbita de la justicia civil. Además, se estipula la especialización obligatoria de jueces, fiscales y defensores en materia penal juvenil.

Fuente: Infobae

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Camina por el barrio, elige un lugar al azar y lo pinta gratis: ya transformó casi 40 negocios

Diego Fleitas camina por las calles de Berazategui y Quilmes con un ojo clínico. No busca baches ni direcciones; busca frentes apagados, persianas descascaradas y emprendedores que, como él hace 15 años, la estén “remando” contra viento y marea.

Diego, de 48 años, es dueño de Patodacolores, una pinturería familiar, pero en el último año se convirtió en algo más: el hombre que les devuelve el color a los barrios, de forma gratuita y al azar.

“Esta idea es para ayudar a un emprendedor que la está peleando. El frente de un comercio demuestra que la pintura es buena, pero sobre todo, demuestra que hay alguien del otro lado que apuesta por vos”, contó Diego en diálogo con TN.

La historia de la pinturería nació de un giro inesperado. Diego era profesor de Educación Física cuando conoció a Patricia Gauna (47). Ella trabajaba en el rubro y él, con el alma de emprendedor inquieta, le propuso abrir un negocio propio. “Me dijo de poner un gimnasio, pero terminamos emprendiendo en una pinturería”, recuerda.

Los comienzos en Quilmes no resultaron fáciles. Fueron durísimos. Los proveedores no nos querían vender y, para que te abran una cuenta, tenías que pagar todo en efectivo, invertir muchísimo dinero para iniciar y, encima, el alquiler. Fue a pulmón”. Hoy, 15 años después, el equipo es plenamente familiar: Diego, Patricia, su ahijado y sus hermanos, que dan una mano cuando el trabajo desborda.

La iniciativa de pintar fachadas gratis surgió en octubre de 2024, aunque los videos empezaron a viralizarse recién en 2025. “La idea fue mía, pero mi esposa me sigue a todo lo que digo, pobre”, bromeó Diego. El concepto es simple pero potente: detectar un local que necesite un cambio de imagen, presentarse con una carta y ofrecer la transformación total.

Sin embargo, el camino de la solidaridad tiene obstáculos. “Muchas veces nos rebotaron por desconfianza. También hay mucho ‘odio’ en redes porque llama la atención que alguien haga esto gratis”, explicó. Pero cuando el “sí” llega, la magia ocurre en tiempo récord: “Si lo podemos hacer en seis o siete horas, lo hacemos. Me encanta el factor sorpresa”.

“No pinto beige, la onda es que se vea”

Diego no se limita a cubrir manchas: busca impacto. Sus diseños suelen incluir colores vibrantes e incluso luces para que el negocio destaque de noche. “Necesitás ese impacto visual. Puedo pintar un beige clarito o un blanco, pero la idea es que se vea, que la gente pase y diga: ‘Mirá ese local’”, sostuvo.

Los resultados son inmediatos y no solo estéticos. Diego recuerda el caso de un barbero en un pueblo de Corrientes de 30 mil habitantes: “Lo vieron tres millones de personas en redes. Al pibe le llovían los pedidos. Yo les digo que van a vender más después de pintar, y después, me llaman para confirmarlo. Eso me emociona: la cara de la gente cuando ve su local terminado”.

Llevar adelante este proyecto requiere un malabarismo constante. Diego y Patricia coordinan las pintadas en los baches que deja la rutina familiar. “Lo voy mechando como puedo. Cuando mi nena está en el jardín, mi mujer va y viene del local y yo le meto al pincel”, relató.

Con casi 40 emprendedores ya transformados bajo el brazo, Diego siente que el rédito más grande no es económico, aunque el trabajo en la pinturería aumentó gracias a los “tips” y la visibilidad. “Todo lo que es solidaridad lo hacemos, no me alcanza. Hemos pintado hasta casas de acumuladores compulsivos”, indicó.

Para Diego, cada persiana que se levanta con color nuevo es una batalla ganada al desánimo. “Me re emociona que se vea tanto. Si nosotros subsistimos 15 años, quiero ayudar a que otros también lo logren”, completó.

Fuente: TN

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